Cuando fallece un familiar, lo último que uno quiere enfrentar es un conflicto legal. Sin embargo, si la persona no dejó testamento, la ley ecuatoriana tiene reglas claras para repartir la herencia. El problema es que muchos no las conocen y eso genera disputas, demoras y decisiones erróneas. Aquí te explicamos cómo funciona la sucesión sin testamento y qué puedes hacer para reclamar lo que te corresponde.
¿Qué significa morir sin testamento?
En términos legales, se habla de sucesión intestada cuando una persona fallece sin haber dejado testamento válido. En ese caso, el Código Civil ecuatoriano determina quiénes son los herederos y cómo se reparte el patrimonio.
¿Quiénes heredan primero?
El Código Civil establece el orden legal de herederos, que funciona así:
Importante: si el fallecido estaba casado, pero no tenía hijos, el cónyuge no hereda todo automáticamente. Comparte con los padres o hermanos del fallecido, según el caso.
¿Qué es la posesión efectiva?
La posesión efectiva es el trámite legal para que los herederos puedan acceder formalmente a los bienes. Sin ella, no pueden vender, alquilar ni registrar propiedades a su nombre.
Este trámite se realiza ante:
Además, es importante saber que el Servicio de Rentas Internas (SRI) cobra un impuesto a la herencia, el cual debe ser declarado antes o durante el trámite de posesión efectiva.
¿Y si hay deudas?
Los herederos no solo reciben los bienes: también heredan las deudas. Pero no están obligados a pagar con su propio dinero. La deuda solo se cubre hasta donde alcancen los bienes heredados.
Por eso, en ciertos casos, es mejor repudiar la herencia si los pasivos superan el patrimonio.
¿Qué pasa si aparece un hijo no reconocido?
Si puede probar legalmente su vínculo con el fallecido (ej. prueba de ADN, juicio de filiación), tiene derecho a una parte de la herencia, aunque no esté inscrito o no haya sido criado por el fallecido.
¿Qué pasa con los bienes que no están inscritos?
Muchas veces los bienes heredados están a nombre del fallecido pero no inscritos en el Registro de la Propiedad, o incluso figuran a nombre de terceros. En esos casos, hay que hacer trámites adicionales (regularización, juicios de partición, etc.).